Muy probablemente el común de las personas poco entiende del uso que se hace de los datos personales por parte de empresas o servicios públicos. Muy probablemente, también, muchas personas creerán que dato personal es solo aquella información relativa a nombre, domicilio y número de cédula de identidad, antecedentes que, en Chile al menos, son bastante requeridos para efectuar trámites ante servicios públicos u otras entidades comerciales.

De acuerdo a la ley de protección de datos personales hace poco aprobada (y que entra en plena vigencia para el año 2026) dato personal será «cualquier información vinculada o referida a una persona natural identificada o identificable. Se considerará identificable toda persona cuya identidad pueda determinarse, directa o indirectamente, en particular mediante uno o más identificadores, tales como el nombre, el número de cédula de identidad, el análisis de elementos propios de la identidad física, fisiológica, genética, psíquica, económica, cultural o social de dicha personaexcluyendo aquellos casos en que el esfuerzo de identificación sea desproporcionado» (Ley ….). De lo anterior, se desprende lo amplio que es el concepto de dato personal, y que no sólo serán nuestros antecedentes identificatorio básicos, sino que debe considerarse, por ejemplo, nuestra huella digital u otros antecedentes biométricos que son captados permanentemente en nuestro trabajo, en servicios o empresas.

Del mismo modo, tratamiento de datos es «cualquier operación o conjunto de operaciones o procedimientos técnicos, de carácter automatizado o no, que permitan recolectar, procesar, almacenar, comunicar, transmitir o utilizar de cualquier forma datos personales o conjuntos de datos personales»

En la actualidad, los tratamientos de datos más relevantes corresponden a aquellos que se realizan de manera masiva y automatizada, a través de sistemas conectados a la web. Pensemos, por ejemplo, en una empresa de gran tamaño, con cientos o miles de trabajadores: ¿qué ocurre con la información relativa al registro de asistencia, al pago de remuneraciones o a las licencias médicas? ¿Qué pasa si esos datos llegan a manos de quienes no tienen derecho a acceder a ellos? ¿Quién responde por el uso indebido que pueda hacerse de nuestra información personal? Más allá de la confidencialidad que se nos promete garantizar, la verdadera preocupación es qué recursos o acciones tenemos frente al incumplimiento de esa confidencialidad o cualquier brecha o acceso no autorizado. La magnitud y complejidad de estos sistemas nos dejan en una posición de especial vulnerabilidad.

Así, no es irrelevante esta materia. ¿Por qué alguien, en otro país, habría de no sólo conocer nuestros datos personales, sino obtener réditos con ellos? Como puede advertirse, no se trata de simplemente pensar que no ocurre nada al final del día con estos datos que «voluntariamente» entregamos al momento de efectuar transacciones en linea, sino que es lo expuestos que quedamos ante estas enormes entidades de las que poco sabemos y que para nada controlamos.

Deja un comentario